OBJETIVO GENERAL DEL PLAN URBANO DE VILLA MERCEDES

CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO DE LA "CALIDAD DE VIDA" DE LA POBLACIÓN LOCAL A TRAVÉS DE POLÍTICAS ORIENTADAS AL DESARROLLO SOSTENIBLE"

PARTE 2 - CAPITULOS VII - IX

PARTE 2
PROPUESTA PARA CIUDAD DE VILLA MERCEDES
CAPITULO VII
Principios de Sustentabilidad Urbana del Plan
El Municipio de Villa Mercedes, con el objetivo general de establecer una orientación general del modelo de ciudad sustentable para el futuro, lleva adelante entonces la iniciativa de formular un Plan Urbano Ambiental que permita fijar los lineamientos de política urbana y ambiental, configurando un nuevo instrumento jurídico para el desarrollo de una política sobre el suelo urbano y el control ambiental. El punto de partida lo constituyó la decisión de abordar la  actualización de Código de Planeamiento y Edificación que databa del año 1980, el cual aún rige con modificaciones parciales y acumulando gran cantidad de excepciones, tanto declaradas y aceptadas como intervenciones irregulares.
Plantear un modelo de ciudad sostenible implica el desafío modificar nuestra forma de vivir la ciudad, para evitar la dispersión territorial y transformar Villa Mercedes en una ciudad que se pueda anticipar a las grandes dificultades funcionales de las grandes ciudades y  con equidad entre los miembros de la comunidad y, en consecuencia, no sólo asegurar la viabilidad ecológica y física, sino también sentar las bases, para una convivencia pacífica y justa.
El modelo urbano buscado y propuesto es lograr una ciudad sostenible social, económica y ambientalmente, reduciendo las disfunciones actuales y evitando las disfunciones potenciales de la tendencia de crecimiento reciente.
La cohesión social como factor de la sostenibilidad del sistema urbano, implica que la innovación técnica sea inseparable de la innovación social, y de la mejor forma de conseguir que una ciudad o una porción de la misma funcione con criterios de sostenibilidad es que sus habitantes la asuman como suya y estén dispuestos y tengan ocasión de intervenir de forma activa en su configuración.
En el primer Seminario, el Equipo Técnico convocó un grupo destacado de actores locales con quienes se trabajó en el crecimiento y urbanización de la ciudad desde la óptica de la sustentabilidad. El primer aspecto destacable de Villa Mercedes es su ordenamiento espacial regular, basado en la cuadrícula española herencia de las Leyes de Indias, tiene una ocupación territorial definida y muy fuerte en la zona central. Pero que en zonas intermedias presenta grandes espacios vacantes y en las zonas periurbanas presenta una ocupación industrial dispersa, una zona rural deprimida que aún conserva potencial productivo y una sucesión de intervenciones de viviendas públicas segregadas.
En las primeras instancias del trabajo del Equipo Técnico, se configuraron lo que serían los insumos de los talleres participativos con los diferentes actores locales. En el inicio se puso en consideración pública tres dilemas sobre el futuro de la ciudad.
El crecimiento de la ciudad en los últimos treinta años ha tenido una tendencia a la fragmentación y dispersión. La ciudad ha expandido sus límites considerablemente conservan en parte del centro o en áreas pericentrales una ocupación del suelo de muy baja densidad. Tal aumento en extensión de la traza y el tejido no ha sido parte de un crecimiento que se acompaña de planificación de infraestructuras y/o obedece a requerimientos económicos o sociales programados con antelación. El crecimiento urbano mayormente fragmentado y disperso estuvo dado por la construcción de barrios de viviendas u otros usos (como en muchos casos el industrial) muchas veces decididos desde otros contextos y/o a partir de una determinada disponibilidad de tierras, independiente en muchos casos de su localización o de su relación con la traza existente.
Este crecimiento de la ciudad que desarrolla la traza urbana en modo muy irregular e incompleto, genera una ciudad con mayores costos de funcionamiento, generando una carga económica extra al conjunto de sus habitantes y afectando a muchos particularmente pues este tipo de desarrollo urbano acarrea problemas de movilidad y altos costos de transporte. Ello, eleva los costos y/o dificulta la provisión de infraestructuras y equipamientos o la aumenta el costo operativo de las mismas por su subutilización. Esto además está estrechamente concatenado con un mayor impacto  ambiental de la urbanización. 
Este Plan propone promover un desarrollo del tejido urbano, con conceptos de sustentabilidad. Tres rasgos son esenciales. Por una parte el incremento de la densidad del tejido; por otra parte la promoción de una mezcla de usos compatibles entre sí, usos que son parte de la promoción de actividades de cercanía con un predominio del transporte público, ciclista y peatonal por sobre la movilidad basada exclusivamente en el vehículo privado. En  estos criterios confluyen y se solapan sinérgicamente muchos de los factores que contribuyen a la sostenibilidad de un sistema urbano.
7.1. Dilemas iniciales del proceso del plan
7.1.1. El dilema  del crecimiento del tejido urbano
El primer dilema centró el foco en las características que el Plan determinará sobre el crecimiento urbano futuro. Es decir si el nuevo Plan priorizará la extensión tendiendo a configurar una ciudad difusa, o bien se priorizará la densificación tendiendo configurar una ciudad más compacta. Lo que se encuadra en las mejores prácticas relacionadas con la sustentabilidad ambiental y urbana. Pues, la proximidad entre usos y funciones supone un menor consumo de materiales, una menor superficie edificada por habitante, y desarrollo de una tipología edificatoria con menor mantenimiento. También las ventajas en movilidad determina que aumentan los viajes que se pueden realizar a pie, bicicleta o en transporte público, dado que la concentración edificatoria da lugar a tejidos densos y de usos y funciones próximos entre sí.
Si bien Villa Mercedes tiene una planta urbana central que está bastante consolidada, cuenta con una gran cantidad de terrenos sin subdividir y vacantes en áreas con servicios (o con posibilidad de tenerlos) y otros poco densamente poblados. Lo cual genera una capacidad ociosa de las infraestructuras existentes y planteando como absurdo incorporar nuevas tierras a la urbanización sin afrontar un alto costo ambiental, económico y social.
Surge, entonces, el primer interrogante a despejar como crecer? Manteniendo la identidad espacial y aplicando principios de sustentabilidad. Se analizaron dos alternativas de crecimiento por un lado priorizar la tendencia manifestada por diversas intervenciones y propuestas de seguir extendiendo la ciudad y por otro hacer un aprovechamiento integral de la infraestructura de servicios proponiendo conformar una ciudad compacta y diversa.
7.1.2. El crecimiento que prioriza la extensión
El resultado de una ciudad que crece con muy baja densidad, que se difumina ocupando áreas cada vez más extensas, configura progresivamente una ciudad difusa que agrupa funciones en modo disperso, separado físicamente y segregado socialmente. Ello produce una eliminación o restricción de las posibilidades contacto, uniendo los distintos sectores de la ciudad a través de una densa red de caminos, avenidas y calles, solo para el transporte privado. Esta forma de construir la ciudad, multiplica el consumo del suelo, de energía y materiales. Ello produce una ciudad más costosa en términos ambientales, sociales y económicos. Se destacan tres aspectos fundamentales para la sostenibilidad relacionados con los problemas causados para la ciudad difusa, mayor consumo de suelo, mayor consumo de materiales y energía provocados tanto por la planificación de los usos del suelo, como por los medios de transporte, y la dinámica de consumo que tiende a hacerlo todo obsoleto en un tiempo récord y la tendencia a explotar y desestructurar los sistemas del entorno más allá de su capacidad de carga.
En síntesis la ciudad difusa se compone de una mayor dispersión de la edificación y las infraestructuras, mayor superficie edificada por habitante. Genera una tipología edificatoria con mayor demanda de mantenimiento y consecuentemente un mayor consumo de energía. La dispersión de usos y funciones en el territorio proporcionan tejidos urbanos dispersos, que se asienta en un modelo de movilidad que descansa en el vehículo privado, requiriendo más y más superficie para el desarrollo urbano.
7.1.3. El crecimiento que prioriza la densificación
El modelo de ciudad compacta conjuga en forma más apropiada los propósitos de sustentabilidad social, ambiental y económica. Que con los ajustes necesarios, genera la construcción de una ciudad compacta y densa con continuidad formal, multifuncional, heterogénea y diversa en toda su extensión
Es un modelo que permite concebir un aumento de la complejidad de los distintos sectores y zonas de la ciudad, que es la base para obtener una vida social cohesionada y una plataforma económica competitiva, al mismo tiempo que se ahorra suelo, energía y recursos materiales, y se preservan los sistemas agrícolas y naturales.
En síntesis un desarrollo urbano que tiende a generar una ciudad compacta y diversa se compone de una mayor proximidad entre usos y funciones, que se nutre de un aumento de la complejidad en todo el territorio urbano, que demanda un menor consumo de materiales, menor superficie edificada por habitante. Su tipología edificatoria tiene un menor mantenimiento, un uso racional y eficiente de las infraestructuras de servicios, y un mejor aprovechamiento de los recursos naturales del entorno. La concentración edificatoria da lugar a tejidos densos, permitiendo aumentar la calidad urbana espacial, al tiempo que permite recorridos a pie, bicicleta o transporte Público, reduciendo costos y tiempos.
7.1.         El dilema del desarrollo del periurbano
El segundo dilema -en estrecha relación con el primero- plantea en consecuencia que tratamiento del periurbano desarrollará el nuevo plan. Es decir, si la ciudad crecerá por extensión de la traza urbana de baja densidad promoviendo una progresiva urbanización del periurbano, conforme a las iniciativas de las acciones privadas, o bien se limitará el crecimiento por extensión y se propiciará el sostenimiento de las actividades productivas propias del periurbano (agricultura urbana, pequeños enclaves productivos, etc.) promoviendo para el mismo funciones de cinturón verde. Una cuestión vital dadas las características ambientales de Villa Mercedes, y teniendo en cuenta que además el periurbano es lugar donde masivamente se localiza la industria.
Las nuevas tendencias en planificación urbana, otorgan gran importancia al periurbano. Es el futuro de la ciudad, es límite pero también la transición, es el pulmón, el lugar de su sustento diario, y es también parte más sensible de la huella ecológica de una ciudad. Una de las particularidades de la ocupación del suelo y como se ha ido generando nuevo suelo urbano, ha sido consecuencia de dividir con extrema rigidez –propio de los planes tradicionales- entre lo que está dentro del “radio urbano” y el resto, al cual se dejó absolutamente desprotegido al periurbano como si no formara parte de la ciudad. En nuestro caso esta situación se evidencia en la falta de organización del periurbano y la mezcla de actividades industriales y rurales y la intencionalidad de incorporar también lo residencial. Pues el periurbano continua dando lugar a las actividades rurales con zonas de gran potencialidad para la producción agrícola, consecuentemente las actividades industriales, rurales y residenciales, pueden complementarse, definiendo la condición territorial de cada una, permitiendo el desarrollo armónico de las tres y su integración a la ciudad y la Región, es decir, como tratar el periurbano.
En el caso de Villa Mercedes, es particularmente sensible el abordaje de las funciones que debe cumplir el periurbano. La tendencia que se da a partir de la radicación industrial, localizada en las zonas rurales y cercanas a las rutas regionales, y en los puntos de comunicación de la ciudad, traen aparejadas además  nuevas actividades de logística. Este dilema se traduce entonces entre:
7.1.1.        Promover la extensión de la traza urbana de baja densidad, es decir urbanizándolo.
En general la extensión de la trama urbana contiene las características de las urbanizaciones difusas, resintiendo las condiciones más propicias para la sustentabilidad y mejor calidad de vida. Uno de los aspectos importantes en la construcción de un sistema urbano  sustentable, es establecer un equilibrio entre las necesidades de la ciudad y su entorno natural, que este no supere su capacidad de carga. Debe tenerse en cuenta que la urbanización del periurbano provoca la ocupación de tierras productivas, lo que acarrea una reducción de la capacidad de absorción de aguas por impermeabilización del suelo, incrementa el riesgo de contaminación del suelo por la dificultad de urbanizar con provisión de servicios de infraestructura. La urbanización del periurbano además de poner en juego la sustentabilidad, conlleva una disfunción urbana por la dispersión de actividades, el mayor costo de las demandas viales y las dificultades en movilidad y accesibilidad.
7.1.2.        Limitar el crecimiento y sostener las actividades del periurbano.
En términos ambientales la relación armónica del la ciudad con su entorno inmediato, el periurbano, implica establecer criterios y condiciones, de relaciones funcionales y espaciales que definan el carácter complementario e integrado de ambos subsistemas. Aquí es preciso destacar el concepto de huella ecológica y que se refiere, en términos sintéticos, “a aquella extensión de terreno que una determinada ciudad precisa para mantener todas sus funciones productivas y vitales” (Mathis Wackernagel y William Rees [Wackernagel, M. & Rees W, 1996). La caracterización del periurbano de Villa Mercedes, con actividades consolidadas como la industrial; en desarrollo, como las logísticas; o deprimidas aunque con gran potencial económico y ambiental, como la zona rural, indican, racionalmente, establecer los requisitos y condiciones para su consolidación, integrándola funcional y espacialmente. La consolidación del periurbano mediante procesos de fortalecimiento de actividades productivas y de servicios, con una acción de recuperación de los canales de riego para desarrollar la agricultura urbana, y forestación  del cinturón verde, permitirá potenciar y /o articular con nuevos desarrollos de actividades rurales intensivas y extensivas, lo cual debe complementarse con las políticas de control ambiental de los enclaves industriales existentes y por desarrollar.

7.2.         El dilema del desarrollo de las centralidades
El tercer dilema, también en relación con el primero, plantea en consecuencia como tratar la centralidad. Es decir, reforzando el peso del centro (densificando, cualificando,  tratando el espacio público, etc.) o avanzando en la promoción de nuevas centralidades (centros barriales, mixturas de usos, cualificación del espacio público barrial, etc.).
Villa Mercedes se caracterizó  desde su fundación y la llegada del Ferrocarril, por crecer con dos centros urbanos con mucha identidad, “el Centro” y “la Estación”, durante muchos años la consolidación de ambos centros y el crecimiento estuvo marcada por las tensiones para que estos centros se unieran. El crecimiento y la aparición nuevos enclaves de vivienda y arterias comerciales han generado nuevas centralidades barriales aumentando el tránsito vehicular y de personas. Pero estas no compiten con los dos centros históricos, los cuales consolidan su importancia densificando actividades y las oportunidades de contacto, intercambio y comunicación, transformándose en un polo de atracción de urbana. Pues los nuevos centros, de viviendas fundamentalmente, comienzan a manifestarse como un subsistema urbano con oportunidades de contacto, intercambio y comunicación  desarrollando su propia identidad y sentido de pertenencia a ese sector de la ciudad.
Esta realidad, plantea analizar y evaluar respuestas a cómo desarrollar la centralidad urbana, fortaleciendo y concentrando una rica mixtura de actividades en el “centro de la ciudad” en contraposición a las tendencias al desarrollo de nuevas modalidades residenciales en el periurbano, con shoppings y complejos de entretenimientos (asociados a los accesos vehiculares y no a la centralidad) que, como ocurre en muchas ciudades intermedias de Argentina, debilitan las áreas centrales, al tiempo que generan una extensión dispersa del tejido urbano y el aumento en la segregación residencial, acrecentando una ciudad desigual y conflictiva.
7.2.1.        Estrategias para reforzar el peso del centro
Desde el punto institucional, entendiendo el papel del municipio como promotor y facilitador del desarrollo económico, sin abandonar el rol de cohesionador de los tejidos de solidaridad social, debe establecerse pautas de crecimiento con equidad, donde, también en términos ambientales y económicos, requiere una gran racionalidad en el uso de suelo urbano. Esta tendencia a la concentración en el “centro” conduce a evitar una mayor fragmentación, exclusión y polarización económica y social. Fortalecer el centro, sus mixturas sociales y de actividades urbanas se corresponde con políticas que promueven valores democráticos, tratos sociales igualitarios y una equiparación de oportunidades en la economía urbana a todos los habitantes.

7.2.2.        Estrategias para el desarrollo de nuevas centralidades
Las políticas contrarias a la densificación y fortalecimiento de actividades en zonas centrales, tiene como consecuencias un mayor costo de movilidad y desarrollo de obras solo para las necesidades del vehículo particular, lo cual acarrea un aumento de costos energéticos, disfuncionalidades viales y circulatorias y contribución a los procesos de fragmentación espacial y social.
Por ello el desarrollo de las nuevas centralidades no debe darse en el periurbano, sino en las áreas intermedias, donde puedan producirse -en un delicado equilibrio- el desarrollo de centralidades de mediana escala. Es decir de centros barriales que como enclaves urbanos signifiquen una redistribución de los recursos y servicios sobre el territorio, fomentando los procesos de autosuficiencia e intercomunicación para reducir el alcance de la «huella ecológica». La descentralización de servicios y equipamientos, con una adecuada jerarquización, y la creación de redes de servicios e información que contribuyan a reducir los desplazamientos, son los mecanismos destinados a conseguir la sostenibilidad urbana.
Un adecuado tratamiento de las centralidades, desde centro histórico e institucional de la ciudad hasta las centralidades de escala intermedia en el tejido consolidado tienen como rasgos salientes: a) incremento de las oportunidades de contacto, intercambio y comunicación social, y por tanto del sentido de identidad con respecto al espacio urbano, b) incremento de las posibilidades de creación de tejido social organizado y del intercambio de información para la toma de decisiones; c) uso eficaz de los espacios urbanos a lo largo de todo el día y el consiguiente aumento en la seguridad de los espacios públicos; d) aprovechamiento más eficaz de los recursos materiales y energéticos derivados de la compacidad (menos metros cuadrados de fachada y cubierta edificados por persona); e) facilidad de acceso a equipamientos y centros de trabajo y la reducción global de las necesidades de desplazamiento; y valoración del espacio público como espacio multifuncional (de estancia, de socialización, de intercambio, de juego) no exclusivamente destinado a la movilidad;

 CAPÍTULO VIII

Lineamientos para Desarrollo Sustentable de Villa Mercedes

8.       Lineamientos generales para el desarrollo territorial de Villa Mercedes
El desarrollo territorial que el Plan Urbano Ambiental de Villa Mercedes propone, toma tres dimensiones:
8.1.  Los lineamientos generales para el ordenamiento del suelo.
8.2.  Los lineamientos generales para la transformación del tejido urbano
8.3.  Los Lineamientos generales para el ordenamiento vial
8.1 Los lineamientos generales para el ordenamiento del suelo.
A fin de propender una ciudad más equilibrada y económica y sustentable, constituyen principios rectores para el ordenamiento del suelo en ejido urbano:
§  La prioridad en la consolidación y el completamiento de la traza urbana ya delineada según criterios ambientales y de capacidad de carga de infraestructuras, servicios y equipamientos.
§  El condicionamiento de las operaciones de creación de nuevo suelo urbanizado se encuadrará en dos principios: 1) El completamiento de suelo ya urbanizado con continuidad, conectividad y complemento con el ya urbanizado que se establece en el Código Urbanístico 2) Poder garantizar que el mismo puede tener provisión en calidad y cantidad de las infraestructuras, servicios y equipamientos.
§  La prioridad en el mejoramiento y completamiento progresivo de aquellas áreas rezagadas en cuanto a disponibilidad de servicios.
Basado en el principio de la función social de la ciudad y la propiedad:
§  Recargo por baldío, el suelo localizado en áreas completamente servidas y equipadas, que permanezca ocioso, será pasible de puniciones tendientes a la movilización del suelo urbano.
§  Toda autorización de nuevo loteo de suelo indiviso y/o dotación de infraestructuras en suelo ya subdividido, estará sujeta a evaluación sobre la renta generada y la correspondiente recuperación del mayor valor incorporado a la propiedad como compensación económica, que le puede caber de parte del poder público.
8.1.1. La regulación de los procesos de urbanización
La regulación de los procesos de urbanización se realizará de acuerdo con los siguientes criterios generales:
§  La adecuación de las categorías de suelo y su delimitación a las establecidas por el presente Plan Urbano Ambiental de Villa Mercedes;
§  La compatibilización de los niveles de exigencia a establecer para la urbanización con las políticas para la consolidación y el completamiento del suelo urbanizado;
§  La definición de los porcentajes de suelo para espacio público y de suelo edificable a ceder a la Municipalidad de Villa Mercedes por parte de los agentes urbanizadores;
§  La definición de áreas de completamiento prioritario en función de la disponibilidad de dotación de infraestructuras;
§  La fijación de medidas especiales para la regulación del suelo no urbanizable.
8.1.2 Clasificación urbanística del suelo
Se establece una clasificación urbanística del suelo, en función de las calidades del mismo para su ocupación, la aplicación de las regulaciones de construcción previstas, su potencialidad para la realización de operaciones de urbanización y subdivisión, así como los impedimentos para su urbanización y/o la preservación como áreas especiales.
Se define entonces que el suelo del ejido municipal de Villa Mercedes se clasificará en:
  • Suelo urbanizado
  • Suelo urbanizable
  • Suelo no urbanizable
8.1.2.1  suelo urbanizado
Se denomina suelo urbanizado al territorio del ejido municipal a aquel que:
a) Tiene su urbanización realizada, con apertura de calles, dotación de infraestructuras –o factibilidad de su provisión- y que presenta algún nivel de ocupación de las parcelas privadas. Este puede ser suelo consolidado, en proceso de consolidación, o formalmente urbanizado, pero sin ocupación.
b) Tiene su urbanización con proyecto de trazado aprobado y con donación de espacios públicos efectuada.
8.1.2.2 suelo urbanizable
Se denomina suelo urbanizable al territorio del ejido municipal aún no urbanizado que no se encuentra afectado por problemas de anegamiento, inundabilidad, basurales u otras condiciones antrópicas, que pueden tener buenas condiciones de acceso vial (vinculación a la red principal o al menos secundaria) y poseen factibilidad de provisión de infraestructuras y servicios.
8.1.2.3 suelo no urbanizable
Se denomina suelo no urbanizable a aquel suelo conformado por áreas de protección ambiental, de reserva forestal, áreas inundables, y aquellas áreas destinadas al uso rural, frutihorticola, y que por ello no se encuentran apropiadas para ser urbanizado.
8.2 Políticas generales para la producción de suelo urbanizado
Para el ordenamiento y la transformación de las distintas categorías de suelo urbanizado se definen las siguientes políticas generales, velando en todos los casos por la protección del patrimonio urbano, con objetivos de evitar el crecimiento difuso, contribuir a reducir la movilidad y los costos de transporte; racionalizar el uso de servicios y equipamientos urbanos y reducir el impacto ambiental de la urbanización.
8.2.1 Lineamientos para el suelo urbano consolidado:
§  Se priorizará el completamiento intersticial de lotes vacantes;
§  Se promoverá la renovación de áreas a partir de la rehabilitación y/o de la sustitución selectiva de edificaciones o usos obsoletos;
§  Se promoverá el reparcelamiento, la agrupación de parcelas y /o la reconversión de grandes parcelas en desuso y/o con edificación obsoleta.
            8.2.2 Lineamientos para el suelo en proceso de consolidación:
§  Se promocionará la consolidación y del completamiento de las áreas de suelo vacante mediante el completamiento progresivo de las infraestructuras y equipamientos
§  Se promoverá la re-estructuración o el reordenamiento de áreas o instalaciones que operan como impedimentos a la consolidación urbana;
8.2.3 Lineamientos para el suelo formalmente urbanizado sin ocupación:
Se promoverá su desarrollo mediante y teniendo en cuenta:
§  Utilizando la figura del reparcelamiento si fuese necesario para redefinir parcelas y la reprogramación de la cantidad y ubicación de los espacios públicos donde se considere necesario (calles y espacios verdes)
§  Como herramienta que tiene el propósito de definir una trama de calles que vinculen adecuadamente al sector en cuestión con el resto de la ciudad y la consolidación de áreas de espacios verdes de dimensiones y localización apropiadas.
8.3 Políticas generales para el ordenamiento de los procesos de transformación del suelo urbanizable
Para el ordenamiento y la transformación del suelo urbanizable se define como política prioritaria el completamiento del borde urbano. Para los casos de extensión de la planta urbana mediante nuevas urbanizaciones, independientemente de la magnitud del emprendimiento, se priorizará aquellas de carácter recreativo, residencial, productivo y/o de servicios, que preserven los valores paisajísticos y ambientales.
8.4 Políticas generales para el ordenamiento de los procesos de transformación del suelo no  urbanizable
En este tipo de suelo se aplica, en términos generales, una política de máxima protección ambiental del periurbano. Se admitirán excepcionalmente proyectos de interés urbanístico especial, de carácter productivo, recreativo, infraestructural y/o logístico, que cumplan con la condición de ser compatibles con la política de máxima protección ambiental; y de resguardo de las zonas de riego y canales.
8.5 Política de regulación de las acciones de urbanización, de localización de usos y de edificación
La regulación de todas las acciones de urbanización, de localización de usos y de edificación en el territorio municipal, que este plan fija como referencia, estarán contenidas en el nuevo Código Urbanístico, Código de Edificación, Código de Uso del Espacio Público, que sustituirán al Código de Planeamiento Urbano, Edificación y Forestación de la Ordenanza N° 2065/80, sus modificatorias y complementarias.
8.5.1 Criterios de regulación de la distribución de los usos del suelo.
El presente Plan realiza una rezonificación de los usos de suelo anteriores, pues la anterior zonificación por incongruencias, contradicciones, u omisiones, causo diferentes grados de conflictos. En esta revisión se busca simplificar la zonificación, facilitando el manejo en la gestión municipal a fin de poder flexibilizar su aplicación a fin de dar mejor respuesta a la cambiante dinámica de  la urbanización.
La regulación de la nueva distribución de los usos en el territorio municipal se definirá de acuerdo con los siguientes criterios generales:
§  La identificación de usos de baja intensidad (en molestias o incompatibilidades) a fin de lograr una mayor mixtura de los mismos.
§  La identificación de aquellos usos cuya localización estará expresamente prohibida en el territorio municipal;
§  Las condiciones para la implantación de otros usos comerciales y/o de servicios que puedan presentar niveles considerables de conflicto por exigencias de funcionamiento o por la contaminación ambiental que generen, tales como depósitos, estaciones de servicio, grandes establecimientos comerciales, establecimientos de recreación nocturna, etc.
§  La identificación de categorías de usos según los distintos niveles de conflictividad y riesgo (accesibilidad, estacionamiento, operaciones de carga y descarga, seguridad, ruidos, emanación de olores, emisiones gaseosas, etc.) que presenten las instalaciones industriales y las condiciones específicas para su localización;
8.5.2 Rezonificación de los usos del suelo.
Para una nueva rezonificación del los usos del suelo se propone la definición de las siguientes áreas:
Área Urbana: Territorio destinado al asentamiento poblacional intensivo, con uso predominante residencial, actividades terciarias, producción compatible, equipamientos y servicios comunitarios.  El área Urbana está conformada por las Zonas Centrales, Zonas Residenciales, y de Zonas de Articulación.
Área Complementaria: Comprende los sectores adyacentes o próximos al área urbana considerados como zonas de ampliación o ensanche urbano. Está conformada por las Zonas de Reserva Urbana, Zonas Industriales Mixtas y Corredores de Servicio.
Área Rural: Es el ámbito territorial destinado a la localización de usos agropecuarios de tipo intensivo y extensivo, con explotaciones hortícolas, ganadería de cría, tambos y agricultura extensiva y actividades forestales, extractivas e industriales. Admite la vivienda permanente aislada, el uso habitacional limitado. Está conformada por las Zonas Industriales Exclusivas, Zonas Rural Intensiva y Zona Rural Extensiva. 
Zonas Especiales: Son ámbitos territoriales que por sus particulares características físicas o funcionales se encuentran sujetas a diferentes intervenciones, tales como: preservación, protección, recuperación, etc. Incluyen ámbitos afectados por un uso específico, cuya identidad, significación o dimensiones hace que no sean asimilables a las zonas adyacentes y puedan pertenecer a distintas áreas. Está conformada por Subzonas de Esparcimiento, Subzonas de Usos Específicos, Subzonas de Recuperación Territorial y Subzonas de Preservación Patrimonial.
8.5.3  Criterios de regulación de la morfología edilicia
La regulación de la morfología edilicia se definirá de acuerdo con los siguientes criterios generales:
§  El establecimiento de índices de edificabilidad acordes con el carácter de los distintos sectores de la ciudad y con los procesos de transformación o conservación que se pretende alentar (protección del tejido o de componentes edilicias, completamiento, sustitución o renovación);
§  La promoción de la densificación y/o alturas medias de edificabilidad en ciertas áreas con objetivos de calidad urbanística y ambiental;
§  La concentración de alturas en determinados avenidas o corredores urbanos;
§  la proposición de formas de disposición del volumen edificado y la utilización de determinadas tipologías edilicias para sectores o componentes urbanos en función de la conservación de energía y/o de la política de transformación o conservación propuesta por el Plan Urbano Ambiental.
8.5.4 Criterios generales para las transformaciones en el tejido urbano
Los siguientes criterios orientarán las políticas de actuación sobre las áreas consolidadas y sobre el tejido urbano de los distintos sectores de la ciudad:
§ la renovación y revitalización del área central de la ciudad con la finalidad de impulsar las actividades comerciales y terciarias y de reforzar su perfil como espacio de residencia rescatando los edificios de valor patrimonial;
§  El control de la sustitución edilicia que tiene lugar en el área ubicada en el Centro y avenidas principales y/o en los principales corredores de actividad y movilidad;
§  La protección de barrios caracterizados por su calidad ambiental (dada por características de la traza, por el arbolado, los equipamientos y la estructura edilicia).
§  El desarrollo de acciones tendientes al completamiento de la dotación de de infraestructura y equipamientos y al mejoramiento de los espacios públicos en todos aquellos sectores de la ciudad que conjugan condiciones urbanas deficitarias y niveles de ocupación significativos;
§  El traslado de aquellas actividades productivas cuyo desarrollo se torna conflictivo con el uso residencial.
§  la promoción, consolidación y revitalización del sistema de subcentros urbanos (corredores comerciales) asociados a los distintos sectores de la ciudad y áreas de significación barrial;
§  el estudio y reordenamiento de los distritos industriales.

CAPÍTULO IX
Criterios de Intervención Urbano Ambiental en  Villa Mercedes
Este Plan Urbano Ambiental reconoce la importancia de todas las cuestiones que se refieren al patrimonio cultural y ambiental de Villa Mercedes. En tal sentido se formulan las orientaciones generales para la protección del patrimonio construido y ambiental de la ciudad y se definen los criterios y los instrumentos necesarios para determinar los alcances de la protección, de acuerdo con los siguientes objetivos generales:
·         Reforzar y proteger las principales características del patrimonio construido (edificios y/o barrios y áreas) de la ciudad, en particular aquellos elementos más significativos en calidad ambiental,
·         Proteger los edificios singulares de valor histórico y/o arquitectónico y sus entornos, en tanto elementos simbólicos de la ciudad;
·         Preservar el paisaje original y los recursos naturales del periurbano;
·         controlar los niveles de contaminación del aire y del agua, adoptando las medidas preventivas y mitigadoras necesarias.
Neutralizar y revertir los daños que se traducen en cambios que afectan la calidad de vida y la salud de los habitantes de la ciudad, debido a alteraciones en el aire, el suelo, las aguas y el conjunto de los ambientes urbanos y rurales, requiere de implementación de políticas activas y la realización de estudios de las formas contaminantes del medio ambiente que afectan el hábitat terrestre, así como las aplicación de las técnicas y procedimientos para  su monitoreo, prevención y remediación.
Podemos definir las siguientes líneas e trabajo:
·         Propiciar la utilización de tecnologías de procesos y productos cuya utilización sea más benigna para el medio ambiente
·         Implementar tecnologías para el tratamiento de efluentes y el abastecimiento de aire y agua de mejor calidad
·         Propiciar la utilización de tecnologías de productos no contaminantes para la explotación agrícola
·         Utilizar nuevas tecnologías de gestión y procesamiento de residuos urbanos
·         Aplicar tecnologías para la remediación de ambientes contaminados
9.1.           Principios de las políticas de protección del medio ambiente
El medio ambiente urbano y las áreas naturales o rurales que rodean la ciudad constituyen un valor patrimonial para la comunidad y, en este carácter, son objeto de políticas de valorización y protección, que involucran la regulación del uso de los recursos naturales, la preservación del paisaje natural y antropizado, el cuidado de la calidad del aire, del suelo y de los cursos y napas de agua y la regulación y control de las actividades que puedan incidir sobre la calidad de vida y la salud de la población.
9.2.           Objetivos de las políticas con relación al medio ambiente
Las políticas de protección del medio ambiente están orientadas por los siguientes objetivos:
§  Mejorar las condiciones ambientales de la ciudad, en general, y de sus barrios, en particular, reforzando y protegiendo los elementos significativos de su paisaje en tanto definitorios de su calidad ambiental;
§  Proteger las condiciones de calidad de vida de la población reduciendo los impactos ambientales negativos causados por las actividades urbanas;
§  Controlar los niveles de contaminación del aire, del agua y del suelo y adoptar las medidas preventivas y mitigadoras correspondientes.
9.3.           Lineamientos generales de la política de valorización del patrimonio construido y ambiental de la ciudad
La política de valorización del patrimonio cultural y ambiental de la ciudad tiene por finalidad la protección, recuperación y conservación del medio construido, el paisaje y los recursos naturales de la ciudad. Esto significa la utilización racional de su patrimonio natural y construido lo cual demanda restricciones y/o cuidados de aquellas intervenciones que puedan afectar su carácter original. A los efectos de la aplicación de la política de protección del patrimonio cultural y ambiental se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:
  • edificios de valor arquitectónico que caracterizan y otorgan significado al entorno donde se encuentran;
  • edificios o sitios que evocan un pasado importante para la ciudad;
  • áreas o sitios que rememoran modos de vida característicos de la comunidad en otros momentos de su evolución;
  • áreas o sitios que mantienen una adecuada escala urbana y una calidad ambiental de gran valor para el paisaje de la ciudad y para la vida cotidiana de sus habitantes;
  • áreas o sitios con presencia de paisajes naturales que presentan una armónica relación de la ciudad con la naturaleza;
9.4.           Los instrumentos para la protección del patrimonio construido y ambiental
En la intervención física a escala urbana es necesario controlar y definir sobre el espacio público medidas de protección patrimonial que permitan en el marco de la renovación y el desarrollo económico, cultural y potencialmente turístico, la posibilidad de reconocer a la ciudad como la sucesión de distintas realidades constructivas ejecutadas de distintos modos a través del tiempo.
La conservación de cualidades ambientales urbanas y referentes patrimoniales arquitectónicas fortalece la memoria colectiva y la identidad urbana.  
Sobre esta realidad, es importantes fijar límites precisos y categorías de las zonas de preservación patrimonial urbana sobre el espacio público con  cualidades ambientales relevantes, independientemente de la  valoración individual de cada propiedad, asignándoles nuevos indicadores urbanísticos y constructivos referidos a ocupación de suelo, retiros, alturas, usos admitidos,  tratamiento de fachadas, veredas, arbolado y mobiliario urbano, Cartelerìa. El objetivo final es destacar lo valioso y conservar unidades físicas de escala humana, que aporte  a la calidad ambiental de distintos sectores de la ciudad. 
Los lineamientos de intervención deben tender a sectorizar y agrupar zonas atendiendo a las condiciones urbano - ambientales y a sus características intrínsecas dándoles un tratamiento particularizado sin perder la unidad del espacio público.
Existen tres grandes grupos bien definidos, el casco histórico del área central, la zona de la estación ferroviaria  y la avenida Mitre. Dentro de estos se detectan áreas con características particulares que determinan situaciones espaciales-ambientales propias o del entorno que configuran y cualifican una calle, una plaza,  una manzana o un sector. Cada uno del ellos deberá ser analizado en detalle para darles una protección apropiada a través de referentes catastrales y urbanísticos.
Es necesario determinar los instrumentos proactivos para permitir que  propietarios y municipio cuenten con los incentivos justos que permitan lograr los objetivos de preservación del patrimonio construido:
9.4.1       Declaración de área de protección arquitectónica y cultural: implica que deberán mantenerse todas aquellas características destacadas como significativas de todos los bienes, sitios y espacios públicos que se encuentran en su interior. Se encuentran en condiciones de ser declaradas áreas de protección todos aquellos sectores de la ciudad que presenten algunas de las siguientes condiciones:
§  conjunto de construcciones de una tipología edilicia representativa de un momento del proceso de construcción de la ciudad, cuya repetición conforma una unidad morfológica significativa;
§  conjunto de construcciones con alturas, retiros, materiales y volumetrías uniformes que definen una unidad singular;
§  sitios que cuentan con un espacio público de características singulares (dimensiones, tipo de pavimento de las calzadas, tratamiento de las aceras, arbolado) y cuyos bordes también presentan características singulares (servidumbres de jardín, áreas arboladas, disposición de las construcciones en los lotes, tipos de usos) que, en conjunto, le otorgan una calidad ambiental especial, o representa  un espacio simbólico.
9.4.2     Declaración de Tutela. La condición de tutela implica que el bien tutelado podrá ser modificado o demolido siempre que la nueva construcción contemple las indicaciones referidas a evitar la pérdida de carácter del área donde se encuentra. Se encuentran en condiciones de ser declarados bajo tutela aquellos bienes que presenten las siguientes condiciones:
§  estar ubicados dentro de un área de protección ambiental y cultural;
§  estar ubicados en el entorno de un área de protección ambiental y cultural;
§  formar parte del entorno de un bien protegido
La declaración de bien tutelado implica que los proyectos de remodelación o de nueva construcción a raíz de la demolición del bien deberán ser previamente aprobados por la autoridad competente observando los siguientes criterios de acuerdo con las indicaciones específicas consideradas para el área o sector donde se encuentre. Estas indicaciones se refieren, entre otras cuestiones, a:
§   disposición de la construcción en el lote;
§  Retiro sobre línea municipal;
§  altura mínima y máxima de la construcción;
§  volumetría de la construcción;
§  cubierta de la construcción;
§  superficie máxima y mínima a construir;
§  factor de ocupación del suelo;
§  disposición y dimensiones de los vanos de la fachada;
§   materiales y pintura de la fachada;
§  colocación de elementos de publicidad y de toldos.
§  Usos compatibles.
La declaración de bien tutelado será resuelta por el Honorable Concejo Deliberante a propuesta del Instituto de Desarrollo y Planeamiento Urbano.
9.4.3.      Declaración de área de protección arquitectónica y cultural implica que deberán mantenerse todas aquellas características destacadas como significativas de todos los bienes, sitios y espacios públicos que se encuentran en su interior. Se encuentran en condiciones de ser declaradas áreas de protección todos aquellos sectores de la ciudad que presenten algunas de las siguientes condiciones:
§  conjunto de construcciones de una tipología edilicia representativa de un momento del proceso de construcción de la ciudad, cuya repetición conforma una unidad morfológica significativa;
§  conjunto de construcciones con alturas, retiros, materiales y volumetrías uniformes que definen una unidad singular;
§  sitios que cuentan con un espacio público de características singulares (dimensiones, tipo de pavimento de las calzadas, tratamiento de las aceras, arbolado) y cuyos bordes también presentan características singulares (servidumbres de jardín, áreas arboladas, disposición de las construcciones en los lotes, tipos de usos) que, en conjunto, le otorgan una calidad ambiental especial, o representa  un espacio simbólico.
La declaración de un sitio como área de protección cultural y ambiental será resuelta por el Honorable Concejo Deliberante a propuesta del Instituto de Desarrollo y Planeamiento Urbano.
9.4.4.    Declaración de área de protección ecológica y ambiental implica que deberán mantenerse las características destacadas como significativas de todos los bienes, sitios y espacios públicos que se ubican en su interior. Se encuentran en condiciones de ser declaradas áreas de protección todos aquellos sectores de la ciudad que presenten algunas de las siguientes condiciones:
§  grandes áreas indivisas que han sido desafectados de su uso original previstas para la creación de nuevos parques;
§  áreas que cuentan con elementos significativos del paisaje y la geografía que caracteriza a la ciudad y la región.
La declaración de un sitio como área de protección ecológica y ambiental será resuelta por el Honrable Concejo Deliberante a propuesta del Instituto de Desarrollo y Planeamiento Urbano.
9.4.5       Padrinazgo. Instancia donde el sector privado  se compromete como parte activa de la comunidad a hacerse cargo de las obras de restauración y conservación de un bien, previa reconocimiento que el bien forma parte del patrimonio colectivo de la ciudad,  a través de una declaración de interés por parte de Honorable Concejo Deliberante. a propuesta del Instituto de Desarrollo y Planeamiento Urbano.
9.4.6       Declaración de patrimonio histórico: implica  una preservación integral del bien previa evaluación y valoración de las condiciones edilicias, tipológicas, estilísticas u históricas que lo cualifican. Una ficha de valoración  estandarizada determinará los grados y las formas de intervención.
La declaración de patrimonio histórico será resuelta por el Concejo Deliberante  a propuesta del Instituto de Desarrollo y Planeamiento Urbano.
9.4.7       Cesión de los derechos de construcción” donde el propietario de un bien inmueble que se encuentra en condición de protección podrá ceder -a título oneroso y/o gratuito- el porcentaje del índice construcción remanente de la superficie efectivamente construida a otro propietario de un bien ubicado en el mismo distrito. Esta herramienta de incentivo requiere el dictado de una Ordenanza Especial para su implementación
9.5      Políticas de protección del medio ambiente del presente plan
Las políticas de protección del medio ambiente urbano y las áreas naturales o rurales que rodean la ciudad tienen el doble propósito de asegurar la valorización y protección ambiental.

9.5.1. Objetivos del Plan Urbano ambiental
Las políticas de protección del medio ambiente están orientadas por los siguientes objetivos:
·        mejorar las condiciones ambientales de la ciudad, en general, y de sus barrios, en particular, reforzando y protegiendo los elementos significativos de su paisaje en tanto definitorios de su calidad ambiental;
·        proteger las condiciones de calidad de vida de la población reduciendo los impactos ambientales negativos causados por las actividades urbanas;
·        controlar los niveles de contaminación del aire, del agua y del suelo y adoptar las medidas preventivas y mitigadoras correspondientes.
9.5.2.    Instrumentos específicos para la protección del medio ambiente del plan urbano ambiental
La definición de las políticas para la protección del medio ambiente y el detalle de las acciones concretas que en esta materia se desarrollarán en el presente Plan Urbano Ambiental siguiendo los criterios básicos establecidos en la Agenda 21.
A partir de ello la implementación de estrategias y acciones tendientes al logro de un desarrollo urbano sustentable que compatibilice los principios de crecimiento económico con los de calidad de vida de la población. Ello implica la necesidad de establecer definiciones sobre las siguientes cuestiones:
a)       la valorización y protección de las componentes geográficas, los recursos naturales y el paisaje;
b)       la protección de los sitios y los barrios cuya calidad ambiental es valorada positivamente por la comunidad;
c)       la identificación de áreas de protección ecológica y ambiental y la definición de criterios generales para su regulación;
d)       la protección de los recursos vitales básicos;
e)       las estrategias de actuación sobre recursos ambientales de relevancia regional y sea necesario coordinar con otros ámbitos gubernamentales
f)         la definición de un Plan de Forestación para todo el municipio.
9.5.3. Identificación de áreas a proteger
Se definirán como áreas a proteger los siguientes sitios del territorio municipal
§  el frente costero del Rio V;
§  los canales, sus bordes y las calles colectoras;
§  los parques existentes y a desarrollar dentro de tejido municipal;
§  las reservas de suelo productivo rural;
§  las principales arterias forestadas de la ciudad.
9.6.           Principales acciones para la protección de los recursos naturales
Las acciones de protección se abocan a aquellos recursos naturales que en el ámbito urbano afectan las condiciones de salud de la población. Con la finalidad de proteger estos recursos, se deberán aplicar las acciones de control sobre las siguientes cuestiones:
·        el control de la contaminación atmosférica;
·        el control de la contaminación del agua;
·        el control de contaminación de los suelos;
·        la clasificación de actividades según niveles de riesgo;
·        la exigencia de estudios de evaluación del impacto ambiental con relación a las actividades con potenciales efectos negativos sobre el medio ambiente;
·        el establecimiento de un programa integral de gestión de residuos sólidos;
9.6.1.        Políticas hacia el impacto de las actividades urbanas en los recursos naturales y en las condiciones de calidad de vida de la población
Las actividades que se establecen en la ciudad producen un constante flujo de transformación y uso de materiales y energía, como así también de residuos propios que inciden en el deterioro de la calidad del medio ambiente. Esta degradación de las condiciones ambientales se refiere específicamente a la:
§  Contaminación atmosférica y el espacio urbano
§  Contaminación del agua
§  Contaminación del suelo
La preocupación por el medio ambiente por parte de distintos sectores de la población dio lugar a distintas iniciativas gubernamentales y a la formación de nuevos organismos encargados de llevar adelante estas inquietudes. La contaminación y el deterioro de los recursos que en principio deberían ser renovables son las principales preocupaciones tendientes a promover un desarrollo sostenible, es decir, satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las propias.
El derecho de la población a gozar de un ambiente sano y equilibrado para el desarrollo humano y de las actividades productivas está garantizado por la Constitución Nacional en su artículo Nº 41. De todas maneras, el Código Civil ya tiene incorporada una serie de artículos referidos a la protección del medio ambiente y de la salud y seguridad de la población: artículo Nº 1.113 (daño causado por el riesgo de una actividad); artículo Nº 2.499 (denuncia de peligro para la adopción de medidas cautelares); artículo Nº 2.618 (acciones contra molestias ocasionadas por el desarrollo de determinadas actividades, aún cuando se encuentren habilitadas para hacerlo).
En la provincia de San Luis la protección del medio ambiente está contemplada en varias leyes, entre ellas: ley Nº IX- 334-2004 (5464).
9.7.           Control de la contaminación atmosférica y el espacio urbano
Las fuentes de contaminación atmosférica son las emisiones procedentes de gases de combustión de vehículos y de la combustión derivada de los procesos industriales, siendo el viento el medio principal de transporte de las partículas contaminantes. Si bien la Ley Nacional Nº 20.284/73 propone medidas para la preservación del aire evitando la contaminación atmosférica, esta nunca fue reglamentada.
Por tal motivo es que se propone realizar el monitoreo continuo mediante la instalación de un número apropiado de estaciones de medición a los efectos de verificar si la presencia de partículas contaminantes en el aire sobrepasa lo admitido por la la legislación vigente y, en consecuencia, tomar las medidas mitigadoras más conducentes.
Definidas las fuentes de generación de contaminación como fijas las generadas por la industria y las móviles producidas por los vehículos y a los efectos de controlar la emisión de gases que afecten la calidad del aire, se propone las siguientes medidas:
Emisiones generadas por las industrias
§  confeccionar un registro catastral de fuentes contaminantes tomando como base lo recomendado por la ley Nº 20.284/73,
§  establecer los niveles máximos de emisión para fuentes fijas según zonas; regular la instalación y el funcionamiento de los establecimientos industriales potencialmente contaminadores;
§  regular las condiciones del almacenamiento y empleo de elementos combustibles utilizados como fuentes de energía;
§  regular las condiciones de la emisión de los residuos gaseosos.
Emisiones generadas por vehículos automotores
§  definir medidas para contener y reducir emisiones de gases de combustión;
§  definir condiciones de funcionamiento de los vehículos automotores;
§  definir procedimientos normalizados para la medición de efluentes gaseosos.
§  Desalentar el uso del vehículo particular en las zonas centrales alentado el uso de los medios de transporte colectivo.
§  Racionalizar la red vial y la localización de las distintas actividades urbanas y rurales para reducir los traslados dentro de la ciudad.
Otras emisiones y medidas específicas:
  • Establecer un laboratorio de análisis de control tanto para efluentes líquidos como gaseosos, iniciando los trabajos con la calidad de aire y agua.
  • Dicho laboratorio trabajaría con Bromatología, Calidad de agua y Medio Ambiente. De este modo se evaluaría no sólo la calidad de aire y agua sino de todo el entorno.
  • Los generadores de emisiones gaseosas deberán aportar el monitoreo que efectúan de las mismas.
  • establecimiento de controles de rutina y mediciones sistemáticas en cuanto a la contaminación por emisiones de fuentes fijas y móviles.
  • Convenio con Centro de Control Ambiental de la FICES, el municipio deberá contar con una infraestructura adecuada.
9.8.           Control de la contaminación del agua
Podemos definir tres momentos de actuación para el control de la contaminación del agua, el primero es  evitarla, es decir debemos establecer una normativa antes que se produzca, otras acciones debemos emprender durante la contaminación y, finalmente, las condiciones para el tratamiento de las aguas residuales. Se recomiendan las siguientes medidas:
Antes que se produzca la contaminación
  • definir una normativa específica para la protección de aguas superficiales y subterráneas considerando los niveles de calidad aceptables.
Durante la contaminación
  • definir indicaciones para la evacuación de las aguas residuales en el Río V;
  • definir las sustancias que pueden aparecer en las aguas residuales y las sustancias que se consideran prohibidas.
Después de producida la contaminación
  • definir normativa para el tratamiento de aguas residuales.
9.9.           Control de suelos contaminados
La contaminación de los suelos se produce fundamentalmente a partir de la actividad industrial y del depósito de residuos sin ningún tipo de control y tratamiento previos. Por tal motivo, se propone establecer un control de contaminación en:
§  suelo abandonado por establecimientos industriales, exigiendo el estudio previo de los suelos a la aprobación de proyectos de remodelación y/o refuncionalización;
§  aguas subterráneas en el área rural y en zonas de extracción de aguas por pozos.
9.10.      Control de actividades molestas y de emisión de ruidos
El funcionamiento de actividades productivas, comerciales, recreativas y de servicios, en la ciudad producen cierto nivel de molestias al medio ambiente y a la salud humana. Se define establecer criterios de zonificación de acuerdo al grado de molestias y contaminación para un mejor control y permitir el desarrollo armónico de la ciudad y el periurbano, para ello se propone la siguiente clasificación de actividades:
§  actividades molestas (aquellas que provocan ruidos y vibraciones y producen emanaciones de humos, gases, olores y/o polvos en suspensión);
§  actividades insalubres (aquellas que provocan desprendimientos o evacuación de productos que, directa o indirectamente, son perjudiciales para la salud);
§  actividades nocivas (aquellas que provocan daños a la riqueza agrícola, forestal, pecuaria y/o ictícola);
§  actividades peligrosas (aquellas que significan riesgos graves para la población por explosión, combustiones y/o radiaciones).
§  Confeccionar un mapa de ruido de la ciudad, e implementar monitoreos y controles permanentes de fuentes emisoras de ruido, fijas y móviles.
§  Aplicación de la normativa vigente y determinación de las correcciones necesarias para su mejor aplicación.
9.11.   Evaluación del impacto ambiental
Se propone la evaluación de impacto ambiental para el control de todas aquellas obras, actividades e instalaciones que son potencialmente degradante o poluentes del medio ambiente natural y cultural y de la calidad de vida de la población. La evaluación del impacto ambiental de un proyecto debe realizarse en dos niveles, localización y etapas de construcción y operación o puesta en marcha. La evaluación se propone de acuerdo con los siguientes objetivos principales:
  • identificar y caracterizar los impactos del proyecto en su área de influencia, en relación con las características del uso del área en cuestión;
  • recomendar una serie de medidas tendientes a atenuar y/o controlar aquellas situaciones que afecten la calidad ambiental y la salud y bienestar de la población involucrada;
  • ofrecer un sistema para la toma de decisiones, en particular para aquellas situaciones que demanden un control prioritario.
La evaluación del impacto se realizará mediante la presentación de un .informe de evaluación de impacto ambiental que deberá ser presentado previamente a la aprobación y ejecución del proyecto en cuestión. Para ello, deberá tenerse en cuenta las siguientes cuestiones:
  • Definición del tipo de proyectos que deberán ser sometidos a una evaluación de impacto ambiental
  • Contenidos mínimos del documento de evaluación de impacto ambiental:
  • Descripción del proyecto y de las acciones que demanda su construcción
  • Estudio de localización
  • Inventario ambiental (medio natural y socio . económico)
  • Identificación y valorización de los impactos (tipos, magnitud, características temporales y espaciales)
  • Examen de alternativas
  • Establecimiento de medidas protectoras, correctoras y mitigadoras.
9.12.   Sistema integrado de tratamiento y disposición de residuos
Elaboración de una estrategia que de soluciones para estos problemas, en la cual cada actor social (productor, consumidor o administrador público) asuma la responsabilidad que le corresponde para promover el desarrollo social, tecnológico y económico, preservando el ambiente, patrimonio de toda la comunidad.
Se deberá establecer un Sistema Integrado para el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos. Principios básicos:
·         Prevención: reducir la cantidad y la peligrosidad de los residuos.
·         Protección: favorecer la recuperación y el reciclaje de los materiales, programando la recolección y la eliminación segura de lo que no es reciclable.
·         Saneamiento: erradicar los basurales y toda otra clase de terreno contaminado, reglamentando el uso correcto de los terrenos.
Las características contaminantes de este proceso demandan el control de los líquidos percolados que pueden afectar, por proceso de infiltración, el agua de las napas freáticas. En ese sentido, se recomienda la generación de lagunas de almacenamiento y tratamiento de los líquidos provenientes del lixiviado de la basura, que deben ser extraídos de las trincheras y que no pueden ser arrojados a canales o emisarios sin tratamiento previo. Se recomienda, por lo tanto, un monitoreo continuo de las aguas subterráneas que puedan estar sujetas a contaminación por los líquidos lixiviados.
Los objetivos del programa son:
  • Promover la recolección selectiva de residuos que comenzará en forma gradual (por tipo de residuos) de acuerdo a la colocación de contenedores específicos o a momentos de recolección específicos;
  • Seleccionar materias orgánicas y deshechos que puedan ser reciclados.
  • Construir y poner en marcha una planta de clasificación y tratamiento de residuos en el ámbito regional que permita una eliminación ordenada de los residuos sólidos, domiciliarios, patológicos e industriales; tóxicos y contaminantes.
Para ello, se procederá a una clasificación de residuos según riesgos para la salud de la población y el medio ambiente:
  • Residuos tóxicos y peligrosos, de acuerdo con lo establecido en la ley Nº  y su decreto reglamentario Nº 
  • Residuos sólidos urbanos (provenientes de actividades domiciliarias, comerciales y de servicio, sanitarias en hospitales, sanatorios y otros centros de salud, limpieza de calles, plazas, parques, abandono de animales muertos, muebles, vehículos, industriales).